Auméntase en un 15% los salarios de los obreros plomeros y cloaquistas del Departamento de Montevideo. Dicho aumento se hará efectivo sobre los jornales que ganaban el día 20 de setiembre de 1945.
Facúltase al Banco de la República para que conceda a los obreros plomeros y cloaquistas en huelga desde el 20 de setiembre de 1945 un crédito equivalente a 45 jornales amortizables en 30 mensualidades y de acuerdo, en lo aplicable, con la ley que concedió un crédito a los obreros de la lana, número 10.528 de setiembre 20 de 1944.
Para acreditar la calidad de obrero del gremio deberán presentar un certificado firmado por el instalador sanitario, a quien prestaba servicios antes de la huelga.