Incorpóranse al Presupuesto General de Gastos, ley 23 de febrero de 1945, en el ítem 6.23 (Consejo del Niño), a los siguientes cargos:
Oficina Médica del Trabajo
2 Médicos a $ 100.00 cada uno ......................... $ 2.400.00
1 Ayudante de Medicina ................................ " 840.00
2 Escribientes a $ 600.00 cada uno .................... " 1.200.00
Casa del Niño
29 Sirvientes a $ 600.00 cada uno ..................... $ 17.400.00
Declárase que el cargo denominado "Inspectora de Enseñanza" que
figura en el ítem 6.23 orden 55, partida 36, del Consejo del Niño, debe
denominarse "Inspector de Enseñanza".
Sustitúyese la denominación del cargo "Maestra de Labores", orden 98, partida 40, del ítem 6.23, Consejo y Oficina Central del Consejo del Niño, por la de "Maestra de Música y Canto", con la misma categoría, grado y
asignación actuales.
Fíjanse para los cargos que a continuación se indican, incluidos
en la Planilla ítem 15.01 "Escuelas para Sordomudos" las siguientes
asignaciones:
Vigente Proyectado
_______ __________
1 Profesor de Dibujo, Pintura y Modelado $ 1.440.00 $ 1.620.00
1 Profesor de Modelado Jefe de Taller" " 1.440.00 " 1.620.00
1 Profesor de Artes Plásticas " 900.00 " 1.080.00
5 Maestros Talleres a $ 1.200.00 cada
uno " 6.000.00 ---
5 Maestros Talleres a $ 1.380.00 cada
uno " --- " 6.900.00
2 Encargados Talleres a $ 960 cada uno " 1.920.00 ---
2 Encargados Talleres a $ 1.140 cada uno " --- " 2.280.00