Autorízase al Poder Ejecutivo a tomar de la donación del doctor José Espalter, con carácter de reintegro, la cantidad de treinta mil pesos ($
30.000.00), con destino a la adquisición de los derechos de autor de la
señora Juana de Ibarbourou sobre los nueve libros editados y tres inéditos que constituyen su producción literaria hasta la fecha.
En virtud de dicha enajenación, las obras expresadas pasarán a integrar
el dominio del Estado. (*)