PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PLAGAS. LUCHA CONTRA LA LANGOSTA




Promulgación: 13/09/1945
Publicación: 18/09/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 805

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), de Rentas Generales, en los gastos que demande la 
lucha contra la langosta.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Facúltase a la Dirección General y de Contralor de la Lucha Contra la Langosta, para ceder a título de arriendo a los productores rurales, las 
barreras de hierro galvanizado y clavos de sujeción -de condición nuevos- 
que actualmente mantiene en stock, así como las partidas que fuere necesario adquirir en lo sucesivo, si las contingencias de la lucha contra
el acridio lo hiciere necesario.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

AMEZAGA - ALFREDO R. CAMPOS
       


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