Acuérdase a la Comisión Parlamentaria Investigadora sobre situación de
los integrantes del Gobierno que forman parte de Directorios de Empresas y
Sociedades Anónimas, designada por la Cámara de Representantes el 27 de Julio del corriente año, las facultades establecidas en los artículos 1º y
2º de la ley número 8.835 de Marzo 3 de 1932, en lo que fueren aplicables.