EMISION DE DEUDA PUBLICA CON DESTINO A OBRA PUBLICA Y VIALIDAD




Promulgación: 23/12/1944
Publicación: 09/01/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1318
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Decláranse incluidos en el artículo 4º de la ley Nº 3.958 de fecha 28 de Marzo de 1912, en un fondo menor o igual a 500 metros, medidos a partir del eje de la carretera, los campos que hayan quedado o quedaren con frente a una carretera, con motivo de la apertura de ésta.
   Destínase para la adquisición de esta clase de tierras, una partida de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00) del rubro que para expropiaciones de Vialidad se autoriza en el artículo 2º Apartado "A" Grupo "d" de la presente ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16.
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