BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES




Promulgación: 22/12/1944
Publicación: 02/01/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1300

Artículo 1

   Autorízase la enajenación a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, por el precio de seiscientos ochenta mil quinientos ochenta pesos (pesos 680.580.00) y con destino a la construcción de un edificio 
para sus dependencias y servicios, de los terrenos y fincas adquiridos por el Estado para emplazamiento del Palacio de Justicia, comprendidos entre la avenida 18 de Julio y las calles Minas, Guayabos y Magallanes de la ciudad de Montevideo, de acuerdo con la ley de 25 de Junio de 1928 y decreto del Poder Ejecutivo de 29 de Mayo de 1929.

AMEZAGA - HECTOR ALVAREZ CINA
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