PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES




Promulgación: 18/10/1944
Publicación: 24/10/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1028

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para enajenar a favor de la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado, una fracción de terreno de 1.000 metros cuadrados, integrante del predio de propiedad del Estado, ubicado en la manzana número 3, 8a. sección judicial del Departamento de Canelones (pueblo Soca), título número 7338, padrón número 63; por la suma de $ 1.800,00 (mil ochocientos pesos).

AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA
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