El Archivo General de la Nación habilitará el local necesario para sede de la Comisión. El Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social pondrá a disposición de la misma el personal administrativo necesario
para su funcionamiento. Los funcionarios públicos nacionales, judiciales o
municipales deberán dar todas las facilidades para que la Comisión, o las personas por ella designadas, puedan realizar las tareas de investigación, búsqueda y copias indispensables.