FIJACION DE PRECIOS. TRIGO




Promulgación: 28/01/1942
Publicación: 04/02/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 82

Del contralor general de la ley

Artículo 9

   El Poder Ejecutivo, por los órganos que indique, tendrá el contralor del precio pagado a los agricultores, con amplias facultades inspectivas que podrán llegar hasta el examen de la contabilidad de los comerciantes o industriales que intervengan en la compra del cereal.
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