FIJACION DE PRECIOS. TRIGO




Promulgación: 28/01/1942
Publicación: 04/02/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 82

Disposiciones Generales

Artículo 21

   El Ministerio del Interior, la inspección General de Hacienda y el
Banco de la República, prestarán al Ministerio de Ganadería y Agricultura 
y sus organismos técnicos, la colaboración que se les solicite para el mejor cumplimiento de la presente ley.
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