AGRICULTURA. PRESTAMOS. SEMILLAS




Promulgación: 06/06/1941
Publicación: 24/06/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 478

II.- De las condiciones para el beneficio

Artículo 9

   Los agricultores que no estén fichados en cumplimiento de la ley número 9.997, no podrán hacer uso de este crédito sin llenar previamente dicho requisito.
Ayuda