AGRICULTURA. PRESTAMOS. SEMILLAS




Promulgación: 06/06/1941
Publicación: 24/06/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 478

I.- Del préstamo para semillas y sus límites

Artículo 1

   El Ministerio de Ganadería y Agricultura, hasta las cantidades que considere económicamente convenientes, otorgará en préstamo a los agricultores que lo soliciten semillas de trigo, lino, maíz, girasol, maní y avena para laminar, con destino a las siembras del corriente año.

BALDOMIR - RAMON F. BADO - JAVIER MENDIVIL
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