CASAS DE PRESTAMOS. REGULACION




Promulgación: 06/06/1941
Publicación: 12/06/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 473
Referencias a toda la norma

Artículo 22

   Por intermedio de la Inspección Nacional de Hacienda, se inspeccionará las casas de préstamos una vez al mes por lo menos, a fin de comprobar si el funcionamiento, libros, pólizas, remates y demás obligaciones, se ajustan a lo que determina la presente ley.
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