MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Producido el caso de suspensión en el goce de la jubilación o pensión los efectos de la misma no alcanzarán a la cuota del seguro suplementario del sueldo de jubilación o pensión, sino cuando así corresponda de acuerdo con el contrato respectivo. PARTE QUINTA De los recursos contenciososAyuda