El Departamento de Emisión entregará billetes al Departamento Bancario
por los conceptos siguientes :
A) El equivalente del capital realizado del Banco con la garantía de su
activo líquido.
B) Contra entrega de oro, el equivalente legal que corresponda en billetes.
C) Contra entrega de plata, la cantidad de doce millones de pesos moneda
nacional en billetes. Los billetes que el Departamento Bancario reciba
contra entrega futuras de oro así como el retiro de éste del Departamento
de Emisión, se regirán por las mismas equivalencias.