Fecha de Publicación: 06/12/1937
Página: 387-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 54

   Los beneficios otorgados por esta ley, regirán también para los promitentes compradores que hubieren realizado los contratos pertinentes con la actual Comisión de Viviendas Obreras.
Ayuda