MINISTERIO DE HACIENDA
El cincuenta por ciento (50%) restante será atendido por Rentas Generales, que se reintegrarán con el producido de un adicional del medio por mil (1/2‰) anual del impuesto de contribución inmobiliaria a cargo de las propiedades sujetas al pago de las cuotas de pavimentación, el que cesará una vez efectuado el reintegro.Ayuda