Fecha de Publicación: 17/03/1934
Página: 526-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Ley 

Se establecen disposiciones para la entrega de porcentajes aduaneros a la producción lanera limpia de sarna.

Poder Legislativo.
 Asamblea Deliberante.
  Comisión Legislativa Permanente.

 La Comisión Legislativa Permanente, en ejercicio de las facultades que le confiere la ley de 16 de Noviembre de 1933,

                              DECRETA:

Artículo 1

   A partir del 1° de Octubre del año 1934, se entregará a los propietarios de todo establecimiento que tenga patente de "Limpio de sarna", expedida por la Policia Sanitaria de los Animales, el equivalente de los derechos de exportación del 4 % y adicional del 1 % correspondiente a la lana producida en el año en que hayan obtenido la patente referida o su renovación.

TERRA. - AUGUSTO CESAR BADO. - PEDRO COSIO.
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