Los empleados técnicos y no técnicos dependientes de lá Dirección General de Correos y Telégrafos, no podrán desempeñar otro cargo en el Presupuesto General o en los entes autónomos, con excepción de los puestos de carácter docente. La retribución global a percibir por efecto de la acumulación no excederá de la cantidad de doscientos cincuenta pesos ($ 250.00), nominales mensuales.