MINISTERIO DE INDUSTRIAS
La Dirección General de Correos y Telégrafos podrá trasladar, dentro de cada Departamento, a los Jefes de Sucursales y carteros de cualquier zona del interior de la República cuya población no alcance a tres mil habitantes, a otras localidades cuyos servicios postales por su cuantía lo exijan siempre que su población sobrepase ese número de habitantes.Ayuda