Fecha de Publicación: 05/01/1934
Página: 13-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 12

   Las primeras vacantes que se produzcan se proveerán con el personal que ocupa los cargos comprendidos en la planilla número 10 (Oficina de Productos de Granja), respetando su jerarquía y asignación, aun cuando haya cambios de denominación.
   Los cargos que vaquen en virtud de estas promociones, quedarán suprimidos 
de este presupuesto.
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