Fecha de Publicación: 24/11/1932
Página: 386-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 3

   El Directorio de la Caja tendrá las mismas atribuciones que las leyes vigentes señalan al Consejo Administrativo y Comité Ejecutivo de la misma, quedando derogados los artículo 6.o a 9.o de la ley número 7818 de 6 de Febrero de 1925.
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