Fecha de Publicación: 28/12/1929
Página: 797-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 2

   Las Comisiones Administradoras estarán compuestas por cinco miembros cada una, que serán designados por el Consejo de Enseñanza Primaria y Normal. Las Comisiones se renovarán cada tres años y sus miembros podrán ser reelectos.
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