Fecha de Publicación: 14/09/1928
Página: 648-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 3

   Modifícase el numeral 30 del artículo 54 de la ley de 23 de Diciembre de 1919, sobre Gobiernos Locales, agregándose el siguiente apartado:

   "D) Las facultades conferidas en los apartados anteriores rigen en cuanto no se opongan a las atribuciones, cometidos y monopolio de faena concedidas al Frigorífico Nacional."
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