Fecha de Publicación: 22/12/1927
Página: 551-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 12

   En los casos de rescisión o resolución de contratos de arrendamiento o 
medianería, el juicio de seguirá de acuerdo con lo que establece el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.
   Queda derogado el inciso 2.° del indicado artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.
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