Fecha de Publicación: 19/05/1925
Página: 268
Carilla: 2

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 33

   Los Bancos y la Bolsa de Comercio comprendidos en esta ley están obligados a proporcionar los informes y comprobaciones que les reclame el Consejo de la Caja o, en su caso, la Inspección de Bancos.
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