Fecha de Publicación: 18/02/2025
Página: 14
Carilla: 14

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 5

   (Información exigida).- La información referida en el artículo precedente se refiere a:
   A) En lo que respecta a los sistemas de seguimiento automatizados:

1) El hecho de que dichos sistemas estén en uso o en proceso de
   implantación.

2) Las categorías de acciones monitoreadas, supervisadas o evaluadas por
   dichos sistemas, incluida la evaluación por parte del destinatario del
   servicio.

B) En lo que respecta a los sistemas automatizados de toma de
   decisiones:

1) El hecho de que dichos sistemas estén en uso o en proceso de
   implantación.

2) Las categorías de decisiones que son tomadas o respaldadas por dichos
   sistemas.

3) Los principales parámetros que dichos sistemas tienen en cuenta y la
   importancia relativa de esos parámetros principales en la toma de
   decisiones automatizadas, incluida la forma en que los datos
   personales o el comportamiento del trabajador de la plataforma
   influyen en las decisiones.

4) Los fundamentos de las decisiones de restricción, suspensión o baja de
   la cuenta del trabajador de la plataforma, de la denegación de la
   retribución o el pago del precio al trabajador de la plataforma, o de
   la situación contractual del trabajador de la plataforma.
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