Las candidaturas para la integración de la Comisión Nacional de Bioética deberán presentarse a título individual en el plazo de noventa días desde la publicación de la presente ley en la forma en que ordene oportunamente el Poder Legislativo.
Las asociaciones científicas, colegios de profesionales y universidades públicas y privadas, así como organizaciones de la sociedad civil, podrán apoyar la presentación de candidatos, sin perjuicio de lo cual, los candidatos o miembros electos no representarán a la institución, asociación u organización que los apoya y actuarán con total independencia atento a la previsión legal.
La nómina de candidatos y miembros electos será pública, al igual que sus antecedentes.