Fecha de Publicación: 21/10/2024
Página: 410
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 57

   (Publicidad protagonizada por niños, niñas y adolescentes).- Los niños, niñas y adolescentes no pueden participar en mensajes publicitarios que promocionen bebidas alcohólicas, cigarrillos o cualquier producto perjudicial para la salud física o mental, así como aquellos que atenten contra su dignidad o integridad física, psicológica o social.
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