PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Ley 20.366
Modifícase la Ley 20.273, de fecha 24 de mayo de 2024, sobre asistencia a productores lecheros.
(4.745*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Sustitúyese el inciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 20.273, de 24 de mayo de 2024, por el siguiente:
"En caso de existir más de un productor por establecimiento donde la industria recolecta la leche, a los efectos de la determinación de los litros remitidos, se sumarán los litros de todos los productores remitentes de dicho establecimiento. La asistencia se otorgará, de corresponder, a prorrata en función de los litros que hubiera remitido cada productor, de acuerdo a la información que declaren las industrias"
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 11 de setiembre de 2024.
ANA MARÍA OLIVERA PESANO, Presidenta; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 20 de Setiembre de 2024
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica la Ley N° 20.273, de 24 de mayo de 2024, sobre asistencia a productores lecheros.
LACALLE POU LUIS; JUAN BUFFA; AZUCENA ARBELECHE; ELISA FACIO.