PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
(Cómputo de los plazos para decidir las peticiones).- Los plazos de que dispone la Administración para resolver las peticiones se contarán por días corridos, se computarán sin interrupción y vencerán el día correspondiente incluso cuando este sea inhábil.
Título II
De las partes y los terceros
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