Fecha de Publicación: 25/09/2024
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 23

   (Ferias).- Los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa tendrán dos períodos de Feria durante el año: uno del 25 de diciembre al 31 de enero del año siguiente, y el otro del 1° al 15 de julio de cada año.
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