PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
(Desistimiento de la oposición a la pretensión).- El demandado podrá desistir de la oposición que hubiere formulado, en cualquier estado del proceso anterior a la sentencia ejecutoriada. Tal desistimiento se tendrá como allanamiento a la pretensión del actor y se regulará por las normas de aquel.Ayuda