Fecha de Publicación: 25/09/2024
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 193

   (Impugnabilidad de las resoluciones).- Todas las resoluciones son impugnables, salvo disposición expresa en contrario.

   Puede renunciarse, en forma expresa o tácita, al derecho a impugnar, una vez que este se actualice, independientemente de la aceptación de la otra parte.
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