Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 539

   (Integración y forma de actuación) - El Parque Tecnológico Regional Norte será dirigido y administrado por una Junta Directiva Honoraria compuesta por un delegado titular y un delegado alterno de los siguientes organismos públicos e instituciones privadas:

A) Un miembro designado por el Ministerio de Industria, Energía y
   Minería.

B) Un miembro designado por la Intendencia Departamental de Rivera.

C) Un miembro designado por la Universidad de la República.

D) Un miembro designado por la Universidad Tecnológica.

E) Un miembro en representación del sector productivo de la región,
   designado por el Poder Ejecutivo.

   La presidencia de la Junta Directiva Honoraria será definida entre sus miembros, una vez designados, y esta designación tendrá una duración de tres años, prorrogable por un máximo de otros dos años, sin perjuicio de su deber de permanecer en sus funciones hasta que asuman los nuevos miembros designados.

   La Junta Directiva Honoraria fijará su régimen de sesiones y funcionará con quórum mínimo de tres miembros. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto.
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