Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 498

   Asígnase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440 "Atención Integral de la Salud" unidad ejecutora 049 "Red de Atención Primaria de Maldonado", una partida anual de $ 2.300.000 (dos millones trescientos mil pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2024, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", a los efectos de financiar la atención médica en Pueblo Edén.

   La Administración de los Servicios de Salud del Estado comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, la apertura de los créditos que se asignan.
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