Fecha de Publicación: 17/11/2023
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 446

   Increméntase en el Inciso 18 "Corte Electoral", programa 485 "Registro cívico y justicia electoral", unidad ejecutora 001 "Corte Electoral", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", la partida prevista por el artículo 504 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en $ 4.657.709 (cuatro millones seiscientos cincuenta y siete mil setecientos nueve pesos uruguayos), con destino al pago de compensaciones, el que será financiado con las partidas que se detallan a continuación:

Objeto del gasto
Importe $
024.000
3.506.859
036.000
66.952
022.000
1.009.073
021.000
74.825
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