Fecha de Publicación: 17/11/2023
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   (Creación). Créase una estructura integrada por escalafones, ocupaciones y cargos, que constituyen el sistema escalafonario para los funcionarios del Poder Ejecutivo con excepción de los que revistan en los actuales escalafones del servicio exterior, militar, policial, docente, judicial y los dependientes de la Dirección General de Casinos, los funcionarios de la Dirección General Impositiva, de la Dirección Nacional de Aduanas y de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas.
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