Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 399

   Créase el Registro Nacional de Asentamientos Irregulares (RNAI), el que funcionará en la órbita de la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana (DINISU) del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial. Su cometido será registrar con fines administrativos y estadísticos, los ámbitos de informalidad y precariedad urbano-habitacional identificados como asentamientos irregulares. La reglamentación establecerá los contenidos del RNAI, los mecanismos de actualización y disposición pública de la información a través de Infraestructura de Datos Espaciales. La información contenida en este Registro estará amparada por las disposiciones relativas a la protección de datos personales dispuesta en la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008 y normas complementarias.

                                INCISO 15

                     MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
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