Fecha de Publicación: 17/11/2023
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 333

   Cuando los estatutos de las asociaciones civiles, cualquiera sea el objeto de las mismas, para la distribución y adjudicación de los cargos dentro de sus órganos, no establezcan un sistema específico o solo se refieran al sistema de representación proporcional o de representación proporcional integral, sin otra aclaración o calificativo, se entenderá que se remiten al régimen regulado para la elección de los Senadores de la República.
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