Fecha de Publicación: 17/11/2023
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 308

   Autorízase por razones fundadas de idoneidad técnica y necesidades de servicio el traslado de hasta tres funcionarios de organismos públicos estatales al Ministerio de Educación y Cultura para desempeñar tareas en comisión en la unidad ejecutora 020 "Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo", en las condiciones previstas por el artículo 32 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y sus modificativas, quedando exceptuados de los topes establecidos por los incisos 4 y 5 del artículo mencionado.
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