Fecha de Publicación: 17/11/2023
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 280

   Reasígnase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", Financiación 1.1 "Rentas Generales", desde el programa 322 "Cadenas de valores motores de crecimiento", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", la suma de $ 4.066.250 (cuatro millones sesenta y seis mil doscientos cincuenta pesos uruguayos), al programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar el pago de la compensación dispuesta por el artículo 428 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

                                INCISO 10

                MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
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