Deróganse los artículos 31 y 32 de la Ley N° 19.841, de 19 de diciembre de 2019.
El personal del escalafón M "Personal de Servicio Exterior" que haya sido designado a prestar funciones permanentes en el exterior en el marco de lo dispuesto por los artículos que se derogan por la presente disposición mantendrá las condiciones establecidas por estos.
No obstante, quienes se encuentren en el primer trienio de su destino podrán optar, de manera expresa y por escrito, en el plazo de sesenta días a partir de la vigencia de la presente ley, por el régimen previsto en el artículo 27 de la Ley N° 19.841, de 19 de diciembre de 2019.
INCISO 07
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA