(Escala retributiva). Las ocupaciones estarán asociadas a una escala retributiva compuesta por veintidós niveles de pago. A cada escalafón corresponderán los siguientes niveles mínimos y máximos correspondientes a una carga de trabajo equivalente a treinta y cinco horas semanales a valores de 2023, conforme a la escala siguiente:
Escalafón
Nivel mínimo (salario)
Nivel máximo (salario)
PT
10 ($ 51.460)
22 ($ 126.018)
AE
7 ($ 42.803)
16 ($ 79.413)
SG
1 ($ 30.174)
12 ($ 58.916)
A partir de la implementación en cada Inciso o unidad ejecutora del nuevo sistema escalafonario y de carrera administrativa, no serán de aplicación todas aquellas disposiciones generales o especiales que sean contrarias a lo dispuesto en el presente artículo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 44 de la presente ley.
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