Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 119

   Créase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 367 "Política e Infraestructura Aeronáutica", unidad ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica", una compensación especial para los Controladores de Tránsito Aéreo pertenecientes a la División de Tránsito Aéreo de la Dirección de Circulación Aérea, por concepto de equiparación salarial de grado, por un monto anual de $ 1.597.795 (un millón quinientos noventa y siete mil setecientos noventa y cinco pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales.

   A efectos de financiar la compensación creada en el inciso anterior, reasígnase en el Inciso, programa y unidad ejecutora antes referidos, Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 1.597.795 (un millón quinientos noventa y siete mil setecientos noventa y cinco pesos uruguayos), desde el objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", al objeto del gasto 042.583 "Comp. Controladores Tránsito Aéreo equiparación salarial".

   Dicha compensación estará sujeta a montepío y se ajustará anualmente de acuerdo al índice que determine el Poder Ejecutivo para los incrementos salariales de los funcionarios públicos de la Administración Central.
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