Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 112

   Incorpórase en el artículo 88 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente inciso:

   "Autorízase el pago de una compensación para el personal Superior y
   Subalterno de la unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada",
   desde la jerarquía de Cabo de Segunda a Capitán de Fragata del Comando
   de la Aviación Naval o sus unidades dependientes, que desempeñe
   efectivamente y en forma asidua servicios de mantenimiento y apoyo
   aeronaval, en las condiciones que establezca la reglamentación. Esta
   compensación se financiará con cargo a la partida prevista en el
   inciso primero de este artículo".

   Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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