Incorpórase en el artículo 88 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente inciso:
"Autorízase el pago de una compensación para el personal Superior y
Subalterno de la unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada",
desde la jerarquía de Cabo de Segunda a Capitán de Fragata del Comando
de la Aviación Naval o sus unidades dependientes, que desempeñe
efectivamente y en forma asidua servicios de mantenimiento y apoyo
aeronaval, en las condiciones que establezca la reglamentación. Esta
compensación se financiará con cargo a la partida prevista en el
inciso primero de este artículo".
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.