Fecha de Publicación: 29/05/2023
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Carilla: 14

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 15

   Agrégase al Código Penal (Ley N° 9.155, de 4 de diciembre de 1933), el siguiente artículo:

   "ARTÍCULO 179 BIS. (Agravante especial de la simulación).- Se
   considerará circunstancia agravante del delito previsto en el artículo
   anterior, que la denuncia vaya dirigida contra la persona con quien el
   denunciante tenga hijos en común, y que, a consecuencia de dicha
   denuncia, la justicia disponga alguna medida cautelar en aplicación de
   la Ley N° 19.580, de 22 de diciembre de 2017, o de la Ley N° 17.514,
   de 2 de julio de 2002".

   Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de mayo de 2023.
   JOSÉ CARLOS MAHÍA, Primer Vicepresidente; GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
           MINISTERIO DE TURISMO
            MINISTERIO DE VIVIENDA Y
             ORDENAMIENTO TERRITORIAL
              MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
               MINISTERIO DE AMBIENTE

                                            Montevideo, 12 de Mayo de 2023

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declara, de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 2 de setiembre de 1990 y el artículo 14 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que el Estado garantiza el reconocimiento del principio de corresponsabilidad en la crianza.
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