Fecha de Publicación: 10/05/2023
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 284

   (Edad mínima de retiro del personal perteneciente al subescalafón ejecutivo con servicios bonificados).- Las personas amparadas por la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial comprendidas en el subescalafón ejecutivo que computen servicios policiales bonificados configurarán causal jubilatoria normal en las condiciones previstas en el artículo 35 de la presente ley, siempre que cuenten con las edades mínimas que se indican a continuación:

Años reales de servicios 
al 31/12/2023
Edad real mínima
25
51
24
51
23
52
22
52
21
53
20
53
19
54
18
54
Las personas comprendidas en este artículo con menos de dieciocho años de servicios al 31 de diciembre de 2023, configurarán la causal con la edad que corresponda de acuerdo a la bonificación de servicios aplicable, siempre que no sea inferior a la edad real de cincuenta y cinco años.
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