(Monto de la prestación no contributiva por invalidez y vejez).- Esta prestación tendrá un monto inicial de $ 13.838 (trece mil ochocientos treinta y ocho pesos uruguayos), sin perjuicio de la partida adicional prevista en la Sección IV de este Capítulo, en su caso.
Una vez puesto en curso de pago, el beneficio se ajustará por el procedimiento y en las oportunidades establecidas en el artículo 67 de la Constitución de la República.